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SCJN: improcedente, pago automático de intereses por créditos fiscales anulados

2026-03-03 - 09:33

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó como criterio obligatorio que no procede la retribución de intereses cuando las personas contribuyentes obtienen una sentencia que declara nulo un crédito fiscal previamente pagado sin que la resolución ordene de manera expresa y directa la devolución por pago indebido, según el párrafo tercero del artículo 22-A del Código Fiscal de la Federación (CFF).

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